
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó el pasado viernes, mediante la Gaceta Oficial N.º 43.485, los nuevos criterios para contribuyentes especiales en Venezuela.
lapatilla.com
El superintendente del Seniat, Román Maniglia, indicó en redes sociales que se establecieron “los nuevos criterios para la determinación de contribuyentes especiales y ordinarios, categorías que tienen condiciones particulares de cumplimiento”.
“El trabajo conjunto de interconexión e intercambio de datos entre los entes claves nos ha permitido desarrollar un sistema de información que nos da una valoración más precisa de los diferentes actores del ecosistema comercial. En este sentido, abordamos la aplicación de nuevas reglas que sinceran estas categorías en función de proporciones más coherentes con la actividad comercial que desempeñan los contribuyentes”, explicó Maniglia.
Los sujetos pasivos especiales que serán sometidos a la administración de las Gerencias Regionales de Tributos Internos serán:
– Quienes tengan ingresos brutos iguales o superiores a 600.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) en el caso de los tributos que se liquiden en períodos anuales, según las dos últimas declaraciones juradas.
– Quienes tengan ventas o ingresos por prestaciones de servicios que superen en 50.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el BCV, en las últimas tres declaraciones efectuadas.
“Con la aplicación de estos nuevos criterios, un grupo de más de 87 mil contribuyentes que eran especiales pasan a ordinarios, lo que permite acompañar mejor el crecimiento, sobre todo, de pequeños y medianos comerciantes, emprendedores y profesionales de libre ejercicio”, prometió el superintendente del Seniat.


