Rafael Veloz: Mucho más que una violación de los derechos humanos
26 Sep 2025, 17:16 7 minutos de lectura

Rafael Veloz: Mucho más que una violación de los derechos humanos

Por La Patilla

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El tsunami represivo del régimen de Nicolás Maduro, desde la elección presidencial del 28 de julio de 2024, se ha exacerbado al punto de rebasar los límites de la crueldad, con una aberrante política de terrorismo de Estado, soportada en las desapariciones forzadas de los ciudadanos, sean políticos o no. En julio pasado la organización Amnistía Internacional presentó un informe en que califica esta práctica como un crimen de lesa humanidad y precisa que tras esos comicios la estrategia del régimen venezolano fue imponer como nunca antes «un patrón conocido y recurrente», aunque no a esa escala, en el cual perdieron la vida 25 personas, alrededor de 2.200 fueron privadas de la libertad de manera arbitraria e ilegal, «y, posiblemente, cientos de ellas sufrieron una desaparición forzada al negarse su detención u ocultarse su suerte o paradero». Las desapariciones forzadas continúan hoy con casos de dirigentes políticos y de otros que tienen desde dos años o meses sin poder ser vistos siquiera por sus familiares, quienes hoy se encuentran sumergidos en el dolor y la angustia.

Es menester que conozcamos bien que significa una desaparición forzada. Con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, marcado en el calendario como el 30 de agosto, la Organización Naciones Unidas (ONU), destacó que es mucho más que una violación de los derechos humanos. «La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad».

Según la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, proclamada por la Asamblea General en su resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992, como conjunto de principios que deben ser aplicados por todos los Estados, se producen desapariciones forzadas siempre que: «se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley».

Apunta la ONU que las víctimas de desapariciones forzadas, al haberlas separado del ámbito protector de la ley y al haber «desaparecido» de la sociedad, se encuentran, de hecho, privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores. «Tanto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), que entró en vigor el 1 de julio de 2002, como la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de diciembre de 2006, establecen que cuando, como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido a cualquier población civil, se cometa una «desaparición forzada», ésta se calificará como un crimen contra la humanidad y, por tanto, no prescribirá. Lo expresado en este párrafo debe ser recordado al nuevo fiscal de la CPI, porque existen pruebas irrefutables de los casos de desapariciones forzadas cometidas por el régimen de Maduro, así como otros crímenes de lesa humanidad, que han sido incluso documentados por la Misión Independiente para la Verificación de los Hechos de la misma ONU, como sucedió esta semana, y sin argumento sólido alguno, el caso Venezuela se mantiene en un lago e inexplicable limbo jurídico.

Por su parte, la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), en su Declaración sobre la protección de todas las personas
contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 47/133 de 18 de diciembre 1992, ya citada, establece:

1) Todo acto de desaparición forzada constituye un ultraje a la dignidad humana. Es condenado como una negación de los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y como una violación grave manifiesta de los derechos humanos y de las libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales pertinentes.

2). Todo acto de desaparición forzada sustrae a la víctima de la protección de la ley y le causa graves sufrimientos, lo mismo que a su familia. Constituye una violación de las normas del derecho internacional que garantizan a todo ser humano, entre otras cosas, el derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, el derecho a la libertad y a la seguridad de su persona y el derecho a no ser sometido a torturas ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Viola, además, el derecho a la vida, o lo pone gravemente en peligro

Por todo lo anterior, el Programa de Organización Ciudadana (POC), conjuntamente con el Frente Amplio Profesional Internacional (FAPI), se han abocado a alzar la voz ante el mundo para exponer la terrible realidad que viven los que han sufrido las desapariciones forzadas por parte del régimen de Maduro. Como primer paso, se ha exigido solicitar con urgencia la fe de vida de todos ellos, así como su ubicación, para su protección y para llevar sosiego a sus familiares, mientras luchamos por su libertad.

En este contexto, esta semana se presentó en Colombia el manifiesto «Transición con Constitución» a la Colegiatura Internacional de Abogados (CIADH). Con anterioridad, se presentó otro manifiesto en Defensa del Estado de Derecho y los DD.HH, en Venezuela, dirigido a las agrupaciones de abogados, parlamentos, gobiernos democráticos y a la comunidad internacional en general.

Y ahora, el POC y el FAPI, siguiendo los lineamientos de la líder María Corina Machado, se encuentra en el proceso de recolección de firmas para presentar una Carta abierta el Papa León XIV, con el objeto de ejercer presión para que el 19 de octubre, fecha en que serán oficialmente canonizados el Dr. José Gregorio Hernández y la Madre Carmen Rendiles, convirtiéndose en los dos primeros santos venezolanos, la celebración se efectúe sin presos políticos. Bien organizados en oración elevaremos nuestros ruegos a ellos.
Cerramos con este esperanzador y espiritual mensaje de María Corina Machado: «Quiero decirles que podemos tener la seguridad de que todo va a estar bien. Avanzamos cada día con firmeza, serenidad, coraje, confianza y profundo amor por Venezuela y por nuestros hijos. Avanzamos de la mano de Dios y con José Gregorio, que seguirá cuidando a su pueblo».

Rafael Veloz García/@Rafaelvelozg

Dr. Rafael Veloz García, diputado a la Asamblea Nacional y al Parlasur electo en 2015 y expresidente de la Federación Interamericana de Abogados (FIA)

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