Acceso a la Justicia: Pasos de la emergencia económica en Venezuela
08 Dec 2025, 21:05 3 minutos de lectura

Acceso a la Justicia: Pasos de la emergencia económica en Venezuela

Por La Patilla

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Sesión ordinaria de la Asamblea Nacional chavista. | Foto: Cortesía

 

La emergencia económica en Venezuela durante el año 2025 se ha caracterizado por una compleja y acelerada sucesión de decretos, aprobaciones y sentencias de constitucionalidad, según lo detalla un análisis cronológico reciente. La infografía sintetiza los pasos legales dados por el Ejecutivo y la respuesta de la Asamblea Nacional (AN) y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Por Acceso a la Justicia

Inicio de la Emergencia y su Primer Vencimiento

La secuencia se inicia con el 1º Decreto de Emergencia Económica (Decreto n.º 5.118, G.O. n.º 6.845 ext. del 09/04/2025). Este fue aprobado por la Asamblea Nacional y declarado constitucional por la Sala Constitucional del TSJ (Sentencia n.º 533 del 11/04/2025). Su duración original fue de 60 días, venciendo el 07/06/2025, sin que se conocieran decretos dictados durante su vigencia.

Decretos Posteriores a la Finalización

A pesar del vencimiento, se emitieron dos decretos «en ejecución de la emergencia económica ya vencida»:

– 1º Decreto en Ejecución (Decreto n.º 5.143, C.O. n.º 6.917 ext. del 25/06/2025): Orientado a referir las recaudaciones de entes descentralizados al Fondo Especial Ciudad Humana.

– 2º Decreto en Ejecución (Decreto n.º 5.145, C.O. n.º 6.918 ext. del 30/06/2025): Este decreto supuso la suspensión de la exención de IVA sobre productos alimenticios y medicinas, una medida que causó un fuerte debate al tomarse después de la expiración del decreto base.

El Controversial Segundo Decreto y su Prórroga

La emergencia fue reactivada con el 2º Decreto de Emergencia Económica (Decreto n.º 5.157, C.O. n.º 6.896 ext. del 08/08/2025). Este fue aprobado por la AN, aunque la infografía señala que «no se supo nada al respecto» sobre su contenido. Fue declarado constitucional por la Sala Constitucional del TSJ (Sentencia n.º 1.460 del 11/08/2025).

Casi dos meses después, se solicitó la Prórroga del 2º Decreto de Emergencia Económica (Decreto n.º 5.167, C.O. n.º 6.931 ext. del 08/10/2025).

– La prórroga fue aprobada por la AN, la cual «no supo nada del decreto».

– La declaratoria de constitucionalidad llegó rápidamente (Sentencia n.º 1.562 del 09/10/2025).

– Esta prórroga estableció una duración de 60 días, con fecha de vencimiento fijada para el 08/12/2025.

Finalmente, un Decreto en Ejecución de la Prórroga (Decreto n.º 5.171, G.O. n.º 6.934 ext. del 20/10/2025) ordenó la transferencia al Ejecutivo Nacional del manejo y recaudo de las estaciones recaudadoras de peajes.

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