Reforma de la Ley del Odio cambia la cárcel por multas y deja el castigo en manos de Diosdado Cabello
19 Oct 2026, 20:20 7 minutos de lectura

Reforma de la Ley del Odio cambia la cárcel por multas y deja el castigo en manos de Diosdado Cabello

Por La Patilla

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Diosdado Cabello, ministro de Interior, Justicia y Paz, en una marcha en Caracas
Diosdado Cabello habla durante una marcha hacia el Palacio Federal Legislativo, en Caracas. Su ministerio sería el encargado de multar bajo la reforma de la Ley contra el Odio. EFE/Ronald Peña R

 

La reforma de la Ley contra el Odio que avanza en la Asamblea Nacional quita la cárcel, pero no quita el castigo. Lo cambia de mano. Si el texto se aprueba como lo validó el Tribunal Supremo de Justicia, las sanciones por “discursos de odio” ya no las dictará un juez sino el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el despacho que dirige Diosdado Cabello, el mismo que hace dos semanas defendió la ley como “una necesidad”.

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El rumor que circulaba desde septiembre quedó confirmado con la sentencia N° 1034 de la Sala Constitucional del TSJ, que el 15 de octubre declaró la “conformidad constitucional” del proyecto. El texto no ha sido publicado oficialmente: se conoció porque venía dentro del fallo. Ahora vuelve al Parlamento, con consulta pública antes de la segunda discusión.

De 20 años de prisión a multas en divisas

El cambio central está en el artículo 20, que hoy castiga con 10 a 20 años de prisión a quien publique o promueva mensajes de odio, discriminación o violencia. La reforma sustituye esa pena por multas en bolívares equivalentes a entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV). Según la ONG Espacio Público: entre 500 y 10.000 euros, montos que califica de desproporcionados frente al ingreso mínimo integral de los venezolanos.

El ministerio fijará el monto según la gravedad de la falta, el alcance del medio empleado, la intencionalidad, el beneficio económico y la reincidencia. También podrá cambiar la multa por 200 a 600 horas de trabajo comunitario y cursos de “cultura de paz”. El sancionado tendrá 30 días para pagar en la banca pública y otros 30 para pedir la nulidad ante la jurisdicción contencioso-administrativa, según el resumen de TalCual.

La ley además cambia de nombre. Dejaría de llamarse Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia para convertirse en Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia. Y crea una comisión de 15 miembros para “promover la convivencia”, en la que solo tres de los 15 asientos quedan para organizaciones sociales; el resto lo ocupan diputados, ministros, el TSJ, la Fiscalía, la Defensoría y el CNE.

El castigo pasa del tribunal al ministro

Ese es el punto que señala Efecto Cocuyo al recoger el comunicado de Espacio Público. La instrucción y la decisión de los procedimientos sancionatorios recaerán en el ministerio con competencia en justicia, el mismo que dirige los cuerpos policiales. La ONG lo resume así: la reforma “elimina la cárcel, pero conserva la discrecionalidad”.

Cabello no ha escondido su postura. El 5 de octubre, en rueda de prensa del PSUV, dijo que la ley “fue una necesidad más allá del uso que se le pudo haber dado” y que “sirvió para frenar mucho desvarío”. Ese será, si la reforma pasa, el funcionario que decida cuánto paga un periodista, un tuitero o un dirigente opositor por lo que dijo.

La censura a medios y redes sigue en pie

El proyecto incluye una frase que el oficialismo presentará como garantía: la labor periodística, la libertad de expresión y las opiniones políticas “no se considerarán discursos de odio”, siempre que no haya “incitación directa e inequívoca” a la violencia. El resto del articulado la contradice.

Las redes sociales y medios electrónicos seguirán obligados a retirar “de inmediato” cualquier contenido que el Estado considere prohibido, sin orden judicial. Radio, televisión e impresos deberán transmitir hasta 30 minutos semanales de mensajes ordenados por el Gobierno, y el incumplimiento abre procedimiento administrativo. Conceptos como “hostigamiento” o mensaje discriminatorio “ligado a la opinión política” se conservan igual de vagos que en 2017. Tampoco incorpora el Plan de Acción de Rabat de la ONU, estándar para separar la crítica legítima de la incitación real.

La reforma elimina la revocatoria de concesiones y el bloqueo de portales, pero no ordena desbloquear los medios ya censurados ni devolver las concesiones quitadas. Tampoco libera a los detenidos ni cierra las causas abiertas. El delito de “instigación al odio” sigue vivo en el Código Penal, y la vía judicial queda abierta en paralelo a la multa.

927 imputados y una deuda sin pagar

Las cifras explican por qué ONG, gremios y oposición piden borrar la ley, no maquillarla. Según Foro Penal, 927 personas han sido imputadas por instigación al odio desde 2017. Hasta el 30 de septiembre, seis seguían presas y 638 estaban sometidas a medidas cautelares. La ley fue sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente de 2017, a pedido de Nicolás Maduro, tras los meses de protestas de ese año, y con Delcy Rodríguez, entonces presidenta de la Constituyente, como su promotora. Es la misma que hoy, como mandataria encargada, admite que fue “mal aplicada”.

Espacio Público exige la derogación total y un régimen de transición que libere a los procesados, anule sus antecedentes y repare a las víctimas. El Comité por la Libertad de los Presos Políticos (Clippve) llevó el mismo pedido a la mesa de diálogo y sumó la derogación de la Ley de Fiscalización de ONG. La Plataforma Unitaria lo dijo sin rodeos: “La represión no se reforma: se deroga”.

En la Asamblea, la diputada Amelia Belisario, única representante del grupo Libertad en la comisión especial de 11 miembros que preside Pedro Infante, advirtió a Efecto Cocuyo que la propuesta del PSUV “ha estado dirigida principalmente a la despenalización pero no ha estado fundamentada en la eliminación plena de las sanciones”. Su fracción anunció que presentaría una ley derogatoria propia. Del lado oficialista, Jorge Arreaza admitió los abusos policiales y, aun así, defendió que la norma siga vigente.

Una ley nacida para perseguir no se corrige cambiando la celda por la multa. Mientras el castigo dependa de un ministro y no de un juez, mientras las plataformas deban borrar sin orden judicial y los medios cerrados sigan cerrados, la Ley contra el Odio seguirá siendo lo que fue desde 2017: una herramienta contra la libertad de prensa. Lo único que repara el daño es su derogación absoluta.

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